NOM-054-SCFI-1994: Utensilios domésticos-ollas a precion- seguridad.
Esta norma oficial mexicana establees las especificaciones y métodos de prueba que deben cumplir las ollas a precion, que se comercialicen en territorio nacional, destinadas la conocimiento rápido de alimentos, con una capacidad máxima de 21 litros, a una temperatura máxima de 127`C y una presiono manometrica de trabajo mayor que cero y hasta 150kg como máximo.
NOM-065-SSA1-1993:Que establese las especificaciones sanitarias de los medico de cultivo.
esta norma tiene por objeto determinar las especificaciones mínimas que deben tener los medios de cultivo para microorganismos en general. Esta norma es de observación obligatoria en todas las industrias, laboratorios y establecimientos dedicados al proceso de estos productos es el territorio nacional.
NOM-109-SSA1-1994: Bines y servicios, procedimientos para la toma, manejo y transporte de muestras de alimentos para sus análisis microbiologico.
Esta norma oficial mexicana establese los procedimientos para la toma, transporte y manejo de muestras de alimentos para su análisis microbiologico. Esta norma oficial mexicana es de obsevacion obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas o morales que requieren efectuar este procedimiento para el análisis microbiologico de alimentos nacionales y de importación.
NOM-092-SSA1-1994: Bines y servicios o métodos para la cuenta de bacterias a aerobias en placa.
Esta norma oficial mexicana establese el método microbiologico coliformes totales presentes en productos alimenticios por medio de la técnica de cuenta en placa.
Este método permite determinar el numero de microorganismos coliformes presentes en una muestra , utilizando un medio selectivo en el que se desarrollan bacterias de 35`C en aproximada mente 24hr, dando como resultado la producción de gas y ácidos orgánicos, con los cuales varían el indicador de pH y precipitan las sales biliares.
NOM-110-SSA1-1994: bienes y servicios. preparación y dilucion de muestras de alimentos para su análisis microbiologico.
preparar adecuadamente las muestras de los alimentos bajo, asi como los a diluciones que les permitan investigar su contenido microbiologico. Determinar en numero de dilaciones adecuado con la base en las características y datos de la muestra y de los microorganismos que serán investigados.
Posterior mente los datos a la toma de la muestra, se hace una dilucion primaria para obtener una muestra representativa del alimento esto es el aspecto cualitativo. se pretende encargar el numero de microorganismo que pretende encontrar el numero de microorganismos por unidad de volumen hasta que después de incubar se obtenga un resultado cuantificable
Las normas son de gran importancia en nuestra labor como Laboratoristas pues en estas nos basamos para seguir un buen procedimiento de estas depende la seguridad de las practicas incluso de nosotros mismos.
ResponderBorrarLas normas no solo son para usarlas en el laboratorio si no también para procesos estandarizados tanto en; alimentos y bebidas, como en los materiales laboratorio, de igual manera en la ollas de presión para la esterilización.
Debido a las características del trabajo que se realiza en el laboratorio se pueden provocar accidentes de diversa consideración, como incendios, explosiones, intoxicaciones y quemaduras. Debe disponerse, por tanto, de elementos de actuación adecuados para que estos efectos puedan ser controlados.
En México no solo tenemos las normas conocidas como NOM, tambien existen unas llamadas normas mexicanas NMX, pero solo las NOM son de uso obligatorio en su alcance, y las segundas solo expresan una recomendación de parámetros o procedimientos, aunque, en caso de ser mencionadas como parte de una NOM como de uso obligatorio, su observancia será entonces obligatoria.
ResponderBorrarLa Norma Oficial Mexicana creadas según el artículo 3 Frac. XI de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, que dice:
Articulo. 3, Fracción XI. Norma Oficial Mexicana: la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.
Así, estas normas sean de uso obligatorio para quien cae dentro del alcance de la aplicación de las mismas y cuando las actividades o productos se hagan durante la vigencia de la misma.
Las normas mexicanas, creadas en el Artículo 3 Fracción X de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, que dice:
Articulo 3, Fracción X. Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de normalización, o la Secretaría, en los términos de esta Ley, que prevé para un uso común y repetido reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado.
Por consiguiente, se trata de normas de uso no obligatorio para quien cae dentro del alcance de la aplicación de las mismas y cuando las actividades o productos se hagan durante la vigencia de la misma. La aplicación de este tipo de normas puede ser obligatorio si es referida en una NOM para realizar algo.